CBCA (Análisis de Contenido basado en Criterios)
(SVA) (Evaluación de la Validez de la Declaración) es la técnica más empleada para evaluar la veracidad de las declaraciones verbales (Vrij, 2000). El SVA se desarrolló en Alemania y se sustentó en la experiencia clínica de diversos psicólogos. Alrededor de 1950, Udo Undeutsch realizó la primera descripción del SVA (ver Undeutsch, 1989) y posteriormente fue modificada hasta su forma actual por Steller y Köhnken (1989) y Raskin y Esplin (1991). En un principio, el SVA se desarrolló para valorar las declaraciones verbales de niños que habían sido víctimas de abuso sexual. Sin embargo, en años recientes se ha intentado validar y generalizar la aplicación de este instrumento a adultos (Vrij et al., 2001; Vrij et al., 2000). A pesar de que es un instrumento ampliamente utilizado en el ámbito forense como prueba psicológica no se le debe considera un test o una escala estandarizada, sino un método semi-estandarizado para la evaluación de la credibilidad de las declaraciones (Steller, 1989). El desarrollo del SVA está fundamentado en lo que Steller (1989) ha denominado la hipótesis de Undeutsch. De acuerdo a esta hipótesis, un testimonio basado en una experiencia real difiere en cuanto a su calidad y contenido de un testimonio basado en un acontecimiento imaginado.
El Criteria-Based Content Análisis (CBCA) (Análisis de Contenido Basado en Criterios) es el componente principal del SVA (Evaluación de la Validez de la Declaración) y busca evaluar el grado de credibilidad de los testimonios de niños y niñas víctimas de abuso sexual, teniendo su antecedente teórico en las proposiciones de Arne Trankel y en lo que se ha llamado hipótesis de Undeutsch,(Garrido y Masip, 1998).
Trankel, citado por Alonso-Quecuty (1999), fue el primero en brindar dos claves por las que se debería evaluar la credibilidad del testimonio: el criterio de realidad (las declaraciones reales tiene un mayor número de detalles periféricos que las falsas) y el criterio de secuencia (declaraciones verdaderas presentan modificaciones en aspectos periféricos como momento del día y la duración del incidente).
A partir de los anteriores criterios, el Doctor Undeutsch, psicólogo forense alemán, argumentó que las descripciones de eventos reales difieren en su contenido, calidad y expresión de aquellos hechos que son producto de la imaginación. Es decir, aquello que contamos tras haberlo percibido, difiere de lo que contamos sin antes haberlo experimentado; basado en este principio asesoró el sistema judicial alemán en diciembre de 1954, tras la Segunda Guerra Mundial Alonso-Quecuty (1999).
En el contexto de la reforma del sistema de administración de Justicia alemán, se crearon tribunales especiales que consultaron diversos expertos para los casos en que el agresor o la víctima fuera menor de veintiún años, por las dificultades específicas existentes para evaluar menores de edad. Así el 14 de Diciembre de 1954, el Tribunal Supremo de la República Federal de Alemania pidió a un grupo de especialistas que explicara con qué recursos contaba el experto en testimonio, que llevaba a cabo un examen fuera de los tribunales, en comparación con el instructor del caso, a la hora de determinar la credibilidad de un testigo menor de edad, especialmente en juicios de delito sexual (Garrido y Masip, 1998).
El SVA analiza el ontenido de testimonio, credibilidad y validez y se compone por los siguientes elementos:
La Entrevista: debe ser
''Analisis del Conternido Basado en criterios'' CBCA La entrevista debe preceder a la aplicación de los criterios del CBCA. El objetivo primordial es obtener material sobre el cual aplicar dichos criterios. Es importante que el entrevistador esté familiarizado con el contenido de los criterios ya que de ello dependerá que la entrevista se desarrolle de forma adecuada. Así mismo, debe intentar obtener la mayor cantidad posible de información empleando una entrevista diseñada de forma que maximice la cantidad de información aportada por el testigo y minimice cualquier tipo de contaminación generada ya sea por el entrevistador o por cualquier otro adulto (LISTADO1991).
El principio básico del análisis de declaraciones basado en criterios es que aquellas basadas en observaciones de sucesos reales (experimentados) se diferencian, en cuanto a la calidad, de las declaraciones que no están basadas en la experiencia directa sino que son el producto de la fantasía y la invención. Los criterios de realidad o de contenido reflejan características específicas que diferencian los testimonios verdaderos de los inventados.
Actualmente se manejan cinco categorías principales con 19 criterios individuales.
Características generales
Contiene las características de la declaración; estos criterios de realidad se refieren al testimonio completo
Criterio 1. Estructura lógica
Los testimonios deben evaluarse teniendo en cuenta su consistencia lógica y/o homogeneidad contextual (coherencia contextual), "los detalles contextuales pueden combinarse como un todo, sin ninguna discrepancia o inconsistencia ; también que estos detalles se puedan formar con una coherencia organizada e integrada en la que los contenidos del testimonio son también consistentes" (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 2. Elaboración inestructurada
Este criterio tiene sentido, sólo cuando se trabaja con declaraciones en las que el testigo ha ofrecido un relato libre del suceso, sin la interferencia de excesiva estructura inducida por el interrogatorio directo del entrevistador. Un estilo expresivo sin barreras y que produce una presentación inestructurada se considera signo de validez de un relato. Sin embargo, si la declaración muestra inconsistencias que no pueden resolverse en el contexto de la declaración global, viola la estructura lógica (criterio 1), que indica la falta de credibilidad de la declaración.(Steller y Koehnken sf).
Criterio 3. Cantidad de detalles
Un gran número de detalles en una declaración es una indicación de credibilidad porque es imposible para la mayoría de los testigos adornar un testimonio falso con numerosos detalles (Steller y Koehnken, sf ).
Contenidos específicos
En esta fase del análisis de la declaración, se evalúan partes especificas del testimonio en cuanto a la presencia y fuerza de ciertos tipos de descripciones.
Criterio 4. Engranaje contextual
Undeuscht 1967 citado por Steller y Koehnken (sf), mencionó que"los sucesos reales deben tener una base temporal y espacial" (p. 194).
Criterio 5. Descripción de interacciones
Arntzen (1983) citado por Steller y Koehnken (sf), afirma que: "Aquí se habla de una cadena de acciones mutuas y reacciones del testigo y de la persona a quienes refiere el testimonio, principalmente en aquellos actos y discusiones que son mutuamente dependientes y que se relatan con fluidez" (p.195). Para cumplir este criterio es suficiente que el niño describa las interacciones, incluso en forma torpe o extraña.
Criterio 6. Reproducción de la conversación
Arntzen (1983) citado por Steller y Koehnken (sf), considera que este requisito se cumple especialmente cuando el relato incluye el vocabulario y el lenguaje del autor del delito, el cual generalmente es atípico para la edad del testigo. El relato debe crear la impresión de que el testigo volvió a experimentar el contexto verbal de la situación al hacer la declaración.
Criterio 7. Complicaciones inesperadas durante el incidente
El ámbito de estas complicaciones puede incluir, bien una interrupción imprevista, o bien alguna dificultad para la finalización espontánea del suceso antes de su terminación lógica.
Peculiaridades del contenido
En esta categoría tratamos con ejemplos concretos de una declaración, los cuales aumentan la calidad de su contenido y que pueden encontrarse en distintas partes de la declaración (Steller y Koehnken, sf ).
Criterio 8. Detalles inusuales
Una declaración puede ser concreta y vívida por el relato de detalles inusuales o únicos, como la aparición de detalles extraños que no son claramente reales. Los detalles inusuales tienen baja probabilidad de ocurrencia, y no se espera que aparezcan en acusaciones inventadas (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 9. Detalles superfluos
Los detalles que no son esenciales para la acusación pero que el testigo describe en conexión con las alegaciones, pueden considerarse signos de la validez de una declaración (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 10. Incomprensión de detalles relatados con precisión
Este criterio se cumple si el niño relata acciones u ofrece detalles que él no comprende pero el entrevistador sí (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 11. Asociaciones externas relacionadas
Una asociación externa relacionada está presente cuando el testigo relata conversaciones que se refieren a otros sucesos, de tal modo que cada uno de los relatos dados contiene un engranamiento traslapado de al menos dos relaciones (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 12. Relatos del estado mental subjetivo
Este criterio incluye la descripción de sentimientos, como miedo o asco, y de cogniciones, como pensar en escapar mientras el suceso ocurría. Arntze citado por Steller y Koehnken, (sf) también destacaba el valor de los relatos sobre la evaluación de las emociones y sus cambios durante el curso de los acontecimientos (Steller y Koehnken, sf ).
Criterio 13. Atribución del estado mental del autor del delito
Los estados mentales y motivos que el narrador atribuye al supuesto autor son signos de credibilidad de un relato, así como las descripciones de reacciones afectivas y estados fisiológicos del autor del delito como criterio de realidad (Steller y Koehnken , sf).
Contenidos referentes a la motivación
Este grupo de criterios se refiere a la motivación del niño para hacer una declaración o una alegación. Esta información ofrece la oportunidad de concluir sobre la posible motivación del niño para hacer una acusación falsa (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 14. Correcciones espontáneas
Corregirse a uno mismo de forma espontánea durante una entrevista u ofrecer recursos nuevos o aclaratorios, se considera una característica a favor de la credibilidad de una declaración o al menos cuestionan un relato completamente ficticio o uno influenciado por una tercera persona.
Criterio 15. Admitir falta de memoria
Se supone que las personas que dan testimonios falsos de forma deliberada responderán a las preguntas, antes que admitir una falta de memoria de ciertos detalles. Admitirlo se considera signo de credibilidad (Steller y Koehnken, sf ).
Criterio 16. Plantear dudas sobre el propio testimonio
Según Undeutsch (1967), citado por Steller y Koehnken (sf), el plantear objeciones a la corrección del propio testimonio es también un indicio de la credibilidad de la declaración. Puede suponerse que una persona que está intentando parecer creíble cuando hace una declaración falsa, no se inclinará a plantear dudas sobre la veracidad de su alegación.
Criterio 17. Auto - desaprobación
La auto-acusación del testigo debido a una actitud autocrítica sobre su propia conducta frente al delito y/o agresor favorece la credibilidad de éste. Esta confesión de conducta inapropiada o errónea no se espera en el testimonio engañoso que pretende incriminar falsamente al acusado (Steller y Koehnken, sf).
Criterio 18. Perdón al autor del delito
Si una declaración tiende a favorecer al acusado, o si el testigo no hace uso de posibilidades para otras incriminaciones, se considera una indicación de la veracidad del relato (Steller y Koehnke, sf ).
Elementos específicos de la ofensa
Los elementos del relato que no se relacionan con la vivencia general de la declaración, pero que normalmente sí lo hacen con el crimen deben evaluarse específicamente.
Criterio 19. Detalles característicos de la ofensa
Este criterio está basado en hallazgos empíricos criminológicos sobre el curso típico y características de crímenes sexuales específicos.
El acuerdo entre el testimonio y las características conocidas de las ofensas se toma como indicador de la veracidad del relato.
El análisis de la entrevista a través de los 19 criterios del CBCA se realiza otorgando puntuaciones numéricas a cada uno de los criterios. Según indica Steller (1989), se asigna 2, 1 ó 0 puntos en función de si el criterio se encuentra fuertemente presente, presente o ausente en la declaración. Otros autores (Lamb, Sternberg, Esplin, Hershkowitz, Orbach y Hovav, 1997) proponen se puntúe 1 ó 0 si el criterio está presente o ausente en la declaración. Ni la entrevista ni los resultados obtenidos a partir de los criterios son completamente válidos hasta que hayan sido puestos en contexto por medio de la Lista de Validez, la cual, está compuesta por cuatro categorías generales de información (Steller y Köhnken, 1989):
El evaluador deberá analizar la información relacionada con las cuatro categorías antes mencionadas y en función de ello determinar si dicha información apoya el testimonio de la persona. Así mismo, la Lista de Validez tiene por objetivo valorar varias hipótesis explicativas examinando toda la información del caso con la que se cuenta. Raskin y Esplin (1991) plantean que son cinco las hipótesis que deben ser comprobadas por el evaluador:
a) La declaración es válida, pero el menor ha remplazado la identidad del agresor por la de una persona distinta.
b) La declaración es válida, pero el menor ha sido influenciado o ha inventado información adicional que no es verdadera.
c) El menor ha sido presionado por una tercera persona para que formule una versión falsa de los hechos.
d) Por intereses personales o para ayudar a terceras personas el menor ha presentado una declaración falsa.
e) A consecuencia de problemas psicológicos, el menor ha fantaseado o inventado su declaración.
Es importante resaltar que el propósito del SVA es realizar una evaluación de la credibilidad del contenido de la declaración, no realizar una valoración sobre la credibilidad de la persona en sí (Steller y Köhnken, 1989).
Una de las grandes limitaciones del CBCA es que hasta ahora no se ha fijado una regla de decisión que nos ayude a establecer cuántos criterios determinan que una declaración sea clasificada como creíble o no creíble. Menos aún se ha precisado el peso que cada criterio debe recibir. Alonso-Quecuty (1999) plantea que el peso de cada criterio debe ser asignado tomando en cuenta diversos factores, tales como: el número de entrevistas previas por las cuales ha atravesado el niño, la complejidad del incidente, la edad del menor y el paso del tiempo. Una vez aplicados los criterios del CBCA y la Lista de Validez, el resultado final del análisis nos permite clasificar cualitativamente la declaración según cinco categorías (Alonso-Quecuty, 1999; Steller, 1989):
- Creíble. - Probablemente creíble. - Indeterminado. - Probablemente increíble. - Increíble.
REFERENCIAS
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