Simulación en Medicina (Malingering)

De Mentira Pedia
Saltar a: navegación, buscar


La simulación, del inglés malingering, corresponde al engaño en el ámbito médico sanitario, tanto el asistencial como el pericial o médico-legal. Además de importantes implicaciones desde el punto de vista económico tanto para las cuentas públicas como privadas en caso de que se consume el engaño, este plantea problemas clave para la recuperación de la persona afecta. Por otro lado, una acusación equivocada de simulación (falso positivo) supone un aumento del sufrimiento y una dificultad añadida en el proceso clínico del paciente, lo que se debe evitar por encima de todo.


Contenido

Definiciones

Según los criterios del Texto Revisado de la 4ª Edición del Manual Diagnostico y Estadístico de los Trastornos Mentales (por sus siglas en inglés, DSM-IV-TR), que básicamente se han mantenido en el muy reciente DSM-5, la simulación (malingering) no sería un trastorno mental, estando incluido como “Otros problemas que pueden ser objeto de atención clínica”, con la siguiente definición:

“Z76.5 Simulación (V65.2)

La característica de la simulación es la producción intencionada de síntomas físicos o psicológicos desproporcionados (en inglés, grossly exaggerated) o falsos, motivados por incentivos externos como no realizar el servicio militar, evitar un trabajo, obtener una compensación económica, escapar de una condena criminal u obtener drogas. Bajo algunas circunstancias, la simulación puede representar un comportamiento adaptativo: por ejemplo, fingir una enfermedad mientras se está cautivo del enemigo en tiempo de guerra.Debe sospecharse simulación si existe alguna de las combinaciones presentes:

1. Presentación de un contexto médico legal (p. ej., la persona es enviada por el fiscal a una exploración médica).

2. Discrepancia acusada entre el estrés o la alteración explicados por la persona y los datos objetivos de la exploración médica.

3. Falta de cooperación durante la valoración diagnóstica e incumplimiento del régimen de tratamiento prescrito.

4. Presentación de un trastorno antisocial de la personalidad.

La simulación difiere del trastorno facticio en que existe un incentivo externo para la producción de los síntomas, lo que no ocurre en el trastorno facticio. La evidencia de una necesidad intrapsíquica para mantener el papel de enfermo sugiere un trastorno facticio. La simulación se diferencia del trastorno de conversión y de otros trastornos somatomorfos por la producción intencionada de síntomas y por los obvios incentivos externos asociados a ella. En la simulación (a diferencia de lo que ocurre en el trastorno de conversión) los síntomas no ceden por sugestión o hipnosis.”

Aunque podría parecer un abordaje sencillo y aplicable en la práctica diaria, hay autores que han demostrado un 80% de falsos positivos usando estos cuatro criterios (Rogers, 2008), por lo que es necesario que elaborar más el procedimiento diagnóstico y de detección del engaño antes de concluir que se trata de simulación.

Lost in translation

La palabra anglosajona malingering permite una mayor exactitud conceptual porque, a diferencia de su traducción al español por simulación, aquel no es un término polisémico hipótesis de la simulación, simulación simulación (derecho). La raíz de la palabra malingering es malinger, recogida desde 1785, cuya etimología (26) se propone del francés; “malingre”, sufrir o enclenque que pudo aparecer como una mezcla entre “mingre” –enfermizo, miserable- y “malade”, enfermo. Tuvo su uso inicial (27) en el contexto militar para referirse a aquellos que fingían estar enfermos o incapacitados para evitar los deberes militares, forzosos para los sanos.

Su definición en inglés es bastante amplia y muy concreta, según se recoge en el trabajo referenciado arriba, con su traducción, sería: “The willful, deliberate and fraudulent feigning or exaggeration of the symptom of illness or injury, done for the purpose of a consciously desired end.” (El fingimiento o exageración de los síntomas de una enfermedad o lesión de forma voluntaria, deliberada y fraudulenta, realizado para conseguir un objetivo deseado conscientemente)

Hay, además, otras definiciones legales de la palabra malingering, que son aún más concretas y específicas en cuanto a las condiciones en las que ésta ocurre, dejando claro su carácter de engaño y de fraude (27). Por supuesto, al igual que en español, en inglés también existe la palabra “simulation”, que se traduce literalmente como simulación, tanto dentro como fuera del contexto médico-legal.La búsqueda de sinónimos de malingering incluye “fraud” (fraude), que no se encuentra entre los de simulation.

En resumen, se trata de un caso evidente de “lost in translation” que hace perder mucho significado al volcar un texto del inglés y traducir usando la parte por el todo; malingering incluye –efectivamente- la simulación o fingimiento, pero en un contexto de fraude, que no existe en el significado original de la palabra “simulación”.

Así, el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define:

Simulación. (Del lat. simulatĭo, -ōnis).

1. f. Acción de simular.

2. f. Der. Alteración aparente de la causa, la índole o el objeto verdadero de un acto o contrato.

Simular. (Del lat. simulāre).

1. tr. Representar algo, fingiendo o imitando lo que no es.”

Por todo ello, si malingering incluye en su significado la simulación pero también el engaño, desde un punto de vista semántico podría ser mejor traducirla por “engaño” o “fraude”, que captan más exactamente su sentido, que por simulación.

Autores del Ámbito Científico

Los principales investigadores en el campo de la Mentira, el Engaño, la Psicología del testimonio y campos anexos son la referencia fundamental para establecer el marco teórico -en términos jurídicos, las reglas de la Ciencia- en el que nos movemos. De ese modo, Ramón Arce,Charles Darwin , Bella DePaulo, Paul Ekman, Francisca Fariña Rivera, Robert Feldman, Sharon Leal, Antonio Manzanero, Jaume Masip, Stephen Porter o Marvin Zuckerman ... son nombres que no podían faltar aquí.

Específicamente en simulación y sin ánimo de ser exhaustivos, de los principales autores del ámbito científico por origen, lo que no excluye su actividad profesional y aplicada, nos gustaría destacar:

-Rogers, autor del tratado de referencia, ya en su tercera edición, Clinical Assessment of Malingering and Deception y de la Structured Interview of Reported Symptoms (SIRS) , actualmente en su segunda edición.

-Gordon Waddell, que describió los llamados "Non Organic Physical Signs" [1], no exentos de controversias desde su descripción, y autor del libro The Back Pain Revolution, del que disponemos de la segunda edición.

-Raquel Vilar-López, junto a Manuel Gómez Río y Miguel Pérez García, de la Universidad de Granada, han publicado múltiples artículos en el ámbito del estudio neuropsicológico de la simulación y su patrón de respuesta psicofisiológico.

-Hector González-Ordí,Pilar Capilla Ramírez y Pablo Santamaría Fernández, Coordinadores de la obra Estrategias de detección de la simulación, un manual clínico multidisciplinar, publicada en 2012 por TEA Ediciones

Por último, debemos incluir a los investigadores vinculados a Behavior & Law , Rafael López Pérez CV.,Fernando Gordillo León y Miguel Ángel Pérez Nieto , de la Universidad Camilo José Cela.

Autores del Ámbito Profesional y Aplicado

Como en el apartado anterior, en primer lugar debemos referirnos a aquellos que han sentado los principios - y las máximas de la experiencia ver artículo- de la detección del engaño en la práctica real desde ámbitos como la Toma de manifestación/declaración, la Entrevista Cognitiva (EC) , la relación entre Personalidad y mentira, los Indicadores verbales de la mentira o la utilidad del comportamiento no verbal. De ese modo, destacaremos a Joe Navarro, autor de "El cuerpo habla" y a los investigadores vinculados a los Grupos de Investigación, Nonverbaly Forensic Research Group como José Luis González y Juan Enrique Soto, Jefe de la Sección de Análisis de la Conducta en Cuerpo Nacional de Policía, uno de sus artículos, llamado: La evidencia conductual y su relevancia en la investigación policial. En éste video podemos ver una de sus presentaciones.

Finalmente, una interesante referencia, ejemplo de las aportaciones hechas desde el ámbito aplicado, realizada a finales del siglo XIX por parte del Dr. Tennyson Patmore, responsable médico de la prisión de Wormwood Scrubs

“Our patients repose in us a sacred trust, and rely upon us not only to guard them from and to alleviate the results of real suffering; but by an unspoken compact, they also look to us to stimulate them to activity when disease has abdicated its throne, but may have left behind morbid disinclination to meet the daily routine of business and the renewed struggle for existence. It is for us to regulate these returning powers; to even forcibly dispel the clouds which retard them, and often delay the recuperative result of a return to the battlefield of life, which is itself the best tonic; and in so doing we are, in one more sense, combating what, if not dispelled, may degenerate into a something which might become first cousin to malingering, that is, fanciful incompetence for duty.”

("Nuestros pacientes depositan en nosotros una confianza sagrada, y confían en nosotros, no sólo para protegerlos y para paliar los resultados del sufrimiento real; sino que, por un pacto tácito, también recurren a nosotros para estimularlos a la actividad cuando la enfermedad ha abdicado de su trono, pero puede haber dejado tras ella una aversión morbosa para cumplir con la rutina diaria del trabajo y la lucha renovada por la existencia. Nosotros debemos regular estas fuerzas renovadas; para disipar -incluso por la fuerza viva- las nubes que les retrasan y -a menudo- demoran el estímulo para la recuperación de una vuelta al campo de batalla de la vida, que es, en sí mismo, el mejor tónico; y al hacerlo, estamos -en más de un sentido- luchando contra lo que, si no se disipa, puede degenerar en algo que podría convertirse en lo más parecido a la simulación, es decir, una incompetencia imaginaria para el cumplimiento del deber".)

Detección del Engaño en Medicina: Análisis de Validez

La existencia de un contexto médico-legal obliga a considerar la validez –en su sentido de firmeza, consistencia y valor legal - de las consultas, analizando una posible actuación orientada a obtener beneficios (conseguir mayores indemnizaciones en el derecho de daños, acceder o prolongar prestaciones deincapacidad de la Seguridad Social etc.), sea de manera fraudulenta o no.

El análisis de la validez en el ámbito médico-legal es una tarea muy compleja que actualmente no cuenta, hasta dónde sabemos, con un método estructurado, quedando a criterio de cada perito médico la atención que presta a éste asunto y las conclusiones que obtiene al respecto a pesar de que existe una amplia y variada literatura especializada relativa al tema (Rogers, 2008, González-Ordi et al 2012, etc.) que ha ganado en solidez científica en los últimos años. Hoy no es posible sostener la idoneidad de ese planteamiento, que se ha demostrado inexacto y debe ser sustituido por uno más científico:

“We can no longer take confort in the belief, now shown to be false, that we sill simply know when malingering is evident, without addressing the issue deliberately and prospectively. […] Gross observations of behavior as means of determining presence or absence of malingering are no longer acceptable as sole criteria […]. (Sweet, 1999)” ("Ya no podemos confiar en la creencia, que ahora se ha demostrado falsa, de que sencillamente vamos a saber cuando la simulación es evidente, sin abordar la cuestión de manera deliberada y prospectiva. [...] Las observaciones básicas del comportamiento como medio para determinar la presencia o ausencia de simulación ya no son aceptables como único criterio [...]".)


Bases Científicas del AV: Pacientes con cuadros biomédicamente inexplicables.


A-Entorno Médico-Legal: Distorsión Clínica.

La combinación de los dos primeros criterios del DSM-IV-TR es muy frecuente y por ello, llamaremos distorsión clínica a la situación recogida en el segundo de los criterios cuando se presenta en el entorno médico-legal o médico-pericicial. Se produce cuando se observan acusadas discrepancias entre los elementos clínicos objetivos y la afectación o las limitaciones funcionales mostradas. Profundizando más, podemos considerar la existencia de distorsión clínica en un entorno médico-legal cuando se observa la existencia de un estilo de respuesta Como recoge Tearnan (2003), con “estilo de respuesta” hacemos referencia a los patrones de comportamiento presentados por los pacientes cuando informan de sus síntomas, físicos o psíquicos. Se consideran básicamente cinco ER; Sincero (Honest), Magnificador (Maximization), Reductor (Minimization), Combinado (Mixed) e Irrelevante (Irrelevant).

La distorsión así definida puede ser intencionada o no; sólo la intencionada que esté orientada a obtener un determinado objetivo puede considerarse engaño (deception) y sólo el engaño que busca un beneficio externo (material o no), correspondería a simulación (malingering). En caso de tratarse de un engaño que responde a una necesidad interna (intrapsíquica) de conseguir y mantener el rol de enfermo correspondería a un trastorno facticio. Siguiendo con los criterios del DSM-IV-TR, la distorsión clínica puede ser también involuntaria como ocurriría con los trastornos somatomorfos, que incluyen entre otros los conversivos y la somatización, presentando síntomas físicos o psíquicos que están fuera del control consciente del paciente y corresponden a manifestaciones físicas de origen psícoemocional.

Aunque la definición de la simulación en la CIE-10 es muy semejante, ésta nos aporta otra referencia clínica interesante, a aplicar en casos de distorsión involuntaria (como en los trastornos somatoformes del DSM-IV-TR), la “Elaboración psicológica de síntomas somáticos” que incluye la actualización de la llamada “Neurosis de Renta”, denominación que se resiste a su erradicación, probablemente por su simplicidad dentro de la confusión y su utilidad en la práctica diaria de la medicina y ámbitos anexos.

"F68.0 Elaboración psicológica de síntomas somáticos

Trastorno en el que síntomas somáticos compatibles con un trastorno, enfermedad o incapacidad física confirmadas y originalmente debidos a uno de ellos, son exagerados o prolongados debido al estado psicológico del enfermo. Así se desarrolla un síndrome comportamental de búsqueda de atención (histriónico) que a menudo incluye también quejas que no son de origen somático (y por lo general no específicas). El dolor o la incapacidad física producen malestar y a menudo preocupación, a veces justificada, por la posibilidad de padecer un dolor o incapacidad prolongados o progresivos. El trastorno puede justificarse a ojos del que lo padece por la insatisfacción con el resultado del tratamiento o investigaciones realizadas o la decepción con el grado de atención personal recibida en medios sanitarios. En algunos casos parece existir una clara motivación derivada de la posibilidad de obtener indemnizaciones consecutivas a accidentes o lesiones. Sin embargo, el síndrome no remite necesariamente con rapidez cuando el litigio ha sido exitoso.

Incluye: Neurosis de renta"

B-Entorno Asistencial; Medically Unexplained Physical Symptoms (MUPS).

El capítulo de Simulación y Trastornos Facticios y Somatoformes del tratado de Interconsulta Psiquiátrica de Rojo y Cirera (1997), comienza indicando que “La simulación, los trastornos facticios y somatoformes (o somatomorfos) se pueden conceptualizar dentro de un contínuo de comportamiento anormal, en el que aparecen síntomas físicos y psíquicos, conscientes o inconscientes sin que realmente haya enfermedad. La prevalencia general de éstos trastornos varía de forma considerable, alcanzando desde el 5% hasta el 40% del total de las visitas médicas.”

El número de la Revista de Neurología de la primera quincena de noviembre de 2011, incluye un estudio titulado “Síntomas y síndromes de difícil clasificación en una serie ambulatoria de 5.398 pacientes neurológicos diagnosticados según la CIE-10”. En sus resultados hallan que un 37,5% de los pacientes recibió un diagnóstico inespecífico, es decir, que tras completar el estudio diagnóstico que se considerase indicado, sólo era posible acceder a un diagnóstico sintomático (un síntoma o signo aislado sin entidad nosológica ni etiológica) en el 25% y a uno sindrómico inespecífico, entendido como un conjunto de síntomas y signos sin clara correlación anatómica ni reconocimiento como entidad clínica bien definida, en otro 12,5%.

En 2004, Richardson et al publican un trabajo, relacionado con los anteriores, que recoge unas nuevas siglas; MUPS y las define: “Medically unexplained physical symptoms (MUPS) may be defined as physical symptoms that prompt the sufferer to seek health care but remain unexplained after an appropriate medical evaluation.” (MUPS se puede definir como la presencia de síntomas médicos que mueven al que los sufre a buscar asistencia sanitaria pero tras una valoración médica adecuada siguen sin ser aclarados).

Su prevalencia en encuestas telefónicas alcanza al 30% de la población, de los que la inmensa mayoría cumple el criterio de haberlos consultado. Es frecuente que generen conflictos en consulta por el contraste entre las elevadas expectativas del paciente y los escasos hallazgos del médico, conflictos que pueden perjudicar seriamente la relación médico-paciente hasta llegar a un mutuo rechazo. Otro de los aspectos que influyen es la frecuente negación o minimización de los aspectos piscoemocionales del caso por parte del paciente, que considera que suponen una “deslegitimación” de sus síntomas con respecto a una enfermedad biomédica.

Su diagnóstico se realiza mediante distintos nombres –la mayoría inespecíficos- en función de la especialidad médica dónde se realice la consulta, pero el solapamiento clínico entre unos síndromes y otros es lo habitual.


Tipos MUPS.jpg


Unos pacientes presentan determinadas “quejas” (entendidas como los síntomas expresados con su carga emocional acompañante) al inicio y otras después, a veces al mejorar las primeras, en un efecto vicario y migratorio que mantiene al paciente usando recursos de asistencia sanitaria de manera constante, que generan más frustración que beneficio. Resulta llamativo que, estando los MUPS claramente vinculados -según estudios trasversales, de casos y controles o longitudinales- con la presencia de distrés psicosocial, trastornos mentales ansioso-depresivos, mala calidad de vida y elevado uso de los servicios sanitarios, su derivación a salud mental sea infrecuente o tardía.

Los MUPS podrían encuadrarse, como la forma asistencial dentro del capítulo de “Simulación y Trastornos Facticios y Somatoformes” del tratado de Interconsulta Psiquiátrica mencionado. La psiquiatría de interconsulta y enlace (PIE) es una reconocida subespecialidad psiquiátrica, a la par que una supraespecialidad integradora que se encuentra en la intersección de la medicina, la cirugía y la psiquiatría abordada desde una perspectiva biopsicosocial, para la que preferimos usar el viejo término de medicina psicosomática.

Dentro de ésta destaca la psiconeuroinmunología; disciplina cuyo nacimiento moderno, una vez más gracias a la serendipia(Campos 2002), se atribuye a Robert Ader tras su famoso trabajo (1975) “Behaviorally Conditioned Immunosuppression” que demostró que que la mente y el sistema inmunológico son entidades integradas y cada una capaz de influir en el funcionamiento de la otra. Progresivamente encuentra sustrato patogénico el viejo aforismo “de la emoción a la lesión” y se alcanza la necesidad del cambio de paradigma propuesto por Thomas Kuhn en 1969 para el avance de la ciencia; el modelo biopsicosocial, reclamado por George Engel (1977) en Science, "The need for a new medical model: A challenge for biomedicine".


Figura MUPS.jpg

Partimos, pues, de un contexto que va desde la Teoría General de Sistemas a la Teoría de la Mente(Smith 2002), centrado en un modelo biopsicosocial de la medicina cuya aplicación práctica en el ámbito sanitario de nuestro país es aún incompleta y genera una importante frustración en profesionales y pacientes, cuya expectativas son muy elevadas, en concordancia con la definición de salud de la OMS de 1947 como un “estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad.” De esa forma, ya en el propio ámbito asistencial es habitual que los pacientes presenten síntomas biomedicamente inexplicables que, además, se acompañan de elevados niveles subjetivos de sufrimiento y discapacidad. Así, la misión de esa medicina pericial, llamada evaluadora en la valoración médica de la incapacidad (VMI) y encargada de “estudiar verificar, cuantificar y describir procesos patológicos, congénitos o adquiridos, tanto físicos como psíquicos, con el fin de determinar la posible repercusión orgánica, funcional, laboral, económica y legal” es un difícil reto en cualquiera de sus campos de actuación.

Por todo ello, cada consulta en el ámbito médico-legal debería, necesariamente, incorporar el análisis de la validez de cada caso concreto. Análisis de Validez cuya metodología no expondremos con mayor claridad en una web pública por motivos obvios, remitiéndonos a la formación específica en la materia


Bases Bioéticas: Los principios de Justicia, Beneficencia y No maleficencia.


Antes de entrar en los principios de la ética médica, debemos referirnos brevemente al concepto económico de “riesgo moral” (moral hazard) aunque sea para tenerlo en cuenta desde una posición crítica . Se considera que existe riesgo moral cuando una persona, empresa o país, asume un riesgo porque sabe que son otros los que correrán, en todo o en parte, con las pérdidas que pudieran producirse como consecuencia de su comportamiento. Es una consecuencia de la asimetría en la información que podemos relacionar con múltiples demostraciones acerca de cómo la existencia de cobertura social de las situaciones de baja por enfermedad se relacionan con mayores duraciones de absentismo laboral . Como hemos visto, ya en el propio ámbito asistencial es habitual que los pacientes presenten síntomas biomédicamente inexplicables que, además, se acompañan de elevados niveles subjetivos de sufrimiento y discapacidad.

Por lo tanto, la misión de cualquier perito médico supone un difícil reto en cualquiera de sus campos de actuación y, como lógica consecuencia, en la consulta de valoración de incapacidad debería ser posible incorporar un análisis de la validez de cada caso concreto ya que, como expresamente se recoge en la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo (STS de 23-06-05, Recurso 3304/2004), no existen incapacidades sino incapacitados.

No sólo estaría en juego una prestación económica, lo que remitiría al principio ético de la Justicia sino que, además y prioritariamente, se trata de actuar conforme a los principios de Beneficiencia y No Maleficencia. Los síntomas y limitaciones, tal y como son percibidos por un paciente no suponen una referencia suficiente para su interpretación clínica ni su pronóstico funcional; corresponde al profesional establecer uno y otro aplicando el método clínico con un abordaje científicamente correcto y, siempre que sea posible, el Análisis de Validez.

Como ya se comunicó en un trabajo anterior (Domínguez et al, 2013) cuyo resultado principal se incluye en la figura 2, la consulta de VMI se produce en un contexto de distorsión clínica -acusadas discrepancias entre los elementos clínicos objetivos y la afectación o las limitaciones funcionales mostradas- que incluiría desde casos conversivos o de somatización en el extremo de lo involuntario, hasta el fraude de la simulación pura, pasando por los MUPS, el rol de enfermo, los trastornos facticios o la elaboración psicológica de síntomas somáticos, heredera en CIE-10 de las “Neurosis de renta” .

Distorsion ADM.jpg

Como se recoge en el trabajo de Richardson (2004), no debemos olvidar que la enfermedad y la discapacidad son conductas sujetas al aprendizaje y la influencia de los refuerzos positivos y negativos. Así, los principios del condicionamiento operante contribuyen a explicarnos por qué los pacientes que reciben prestaciones económicas, u otras ventajas, tienden más a la discapacidad crónica o los lesionados de tráfico en países que no incluyen una indemnización vinculada a las secuelas, presentan una menor proporción de determinados cuadros dolorosos crónicos como secuela. En este sentido, se usa el término “illness maintenance systems” [sistemas de mantenimiento del estado de enfermedad] para hacer referencia a los factores biopsicosociales que favorecen que una enfermedad o limitación se perpetúe. En la historia natural de los MUPS se han descrito factores predisponentes, precipitantes y de perpetuación, que se recogen en la Tabla siguiente.

Tabla 2 MUPS.jpg

Por lo tanto, al admitir sin elementos objetivos concretos que lo justifiquen, la continuidad de la prescripción de reposo que, en general, supone una baja laboral (Incapacidad Temporal, IT) y mantener a un paciente apartado del ámbito laboral y de sus múltiples influencias, en general beneficiosas , estaremos realizando un refuerzo positivo de una conducta que, de modo más o menos consciente según el tipo de distorsión que esté operando, acabaría perjudicando al paciente que asume un rol de enfermo incapacitado no justificado. Estaríamos confirmando -de manera implícita o tácita- la existencia de limitaciones funcionales para realizar sus actividades habituales que suponen una discapacidad con pérdida de autonomía. Si esta situación se refuerza y mantiene el tiempo suficiente, la invalidez “cristalizará” y se establecerá como definitiva; sería el Síndrome de Incapacidad o Invalidez Aprendida, términos ya usados en otros contextos.

Igual que al solicitar una prueba invasiva a un insistente paciente con MUPS que no presenta criterios para ello, favorecemos que interprete que su cuadro es grave y requiere estudios porque no sabemos qué lo causa, mantener una situación de IT sin un motivo que lo justifique supone reforzar su conducta y confirmar una discapacidad significativa. Enviar al paciente esos mensajes nos convertirán en parte del problema en lugar de ser parte de la solución.


Bases Legales del AV; de la etimología a la interpretación gramatical.


Centrándonos en el ámbito de la Seguridad Social, nuestra legislación laboral recoge la posibilidad del fraude en Incapacidad Temporal (IT) y su efecto sobre la prestación, en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS): “El derecho al subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación.” (Art. 132.3)

La Ley 8/1988 sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) incluye como infracciones graves o muy graves, entre otras “Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que corresponda, o prolongar indebidamente su disfrute” (Arts. 25.3 y 26.1), aplicable tanto a la Incapacidad Temporal como a la Permanente [2].

Más recientemente, se amplía al ámbito Penal, mediante el Artículo 307 ter del Código Penal, introducido por el apartado siete del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre). Vigencia: 17 enero 2013

1. Quien obtenga, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante la simulación o tergiversación de hechos, o la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando con ello un perjuicio a la Administración Pública, será castigado con la pena de seis meses a tres años de prisión. […]

Quizá la precisión semántica pueda generar una mayor conciencia sobre las consecuencias, incluso penales, del fraude en las prestaciones de la Seguridad Social y favorezca la necesaria desaprobación social de estas prácticas, dando lugar a un efecto de inhibición sobre la población.

Bibliografía

  • Ader, R. & Cohen, N. (1975). Behaviorally conditioned immunosuppression. Psychosomatic Medicine, 37(4), 333-340.
  • Álvarez-Sáenz, J.J., Álvarez-Collado, L. & Álvarez-Collado, C.J. (2003). La pericial médica. El médico evaluador del instituto nacional de la seguridad social como perito titular. Medicina y Seguridad del Trabajo, 50 (193), 59-62.
  • Arancón-Viguera, A. (2004). Teoría y práctica de la medicina evaluadora. Mapfre
  • Aso-Escario, J. (2009). Bioética de la actividad pericial médica. Cuad Med Forense, 15(56), 105-117.
  • Calandre-Hoenigsfeld, L. & Bermejo-Pareja, F. (2011). Síntomas y síndromes de difícil clasificación en una serie ambulatoria de 5.398 pacientes neurológicos diagnosticados según la CIE-10. Rev Neurol, 53 (9), 513-523.
  • Cassidy, J.D., Carroll, L.J., Côté, P., Lemstra, M., Berglund, A.& Nygren, A. (2000). Effect of eliminating compensation for pain and suffering on the outcome of insurance claims for whiplash injury. N Engl J Med, 342 (16), 1179-86.
  • Conroy, A. & Kwartner, P.P. (2006). Malingering. Applied Psychology in Criminal Justice. Psicopatología Clínica, Legal y Forense, 2 (3), 30-51.[3]
  • Dembe, A.E. & Boden, L.I. (2000). Moral hazard: a question of morality? New Solut. 10 (3), 257-79.
  • Domínguez-Muñoz, A. López-Pérez, R. Gordillo-León, F. Pérez-Nieto, M.A., Gómez-Alvarez, A. & De la Fuente-Madero, J.L. Bases científicas y bioéticas del Análisis de Validez en medicina evaluadora. Medicina y Seguridad del Trabajo. (en prensa).
  • Engel, G.L. (1977). The Need for a new Medical Model: A challenge for Biomedicine. Science, 196, 129-136. [4]
  • Escobar, J.I, Hoyos-Nervi, C. & Gara, M. (2002). Medically Unexplained Physical Symptoms in Medical Practice: A Psychiatric Perspective. Environ Health Perspect. 110 (suppl 4),631–636.
  • González-Ordi, H., Santamaría, P. & Capilla-Ramírez, P. (2012). Estrategias de detección de la simulación. Un manual clínico multidisciplinar. Madrid: TEA Ediciones. [5]
  • Martínez, N., Orihuela, M.J. & Abeledo, M. (2011). Evaluación de simulación de incapacidad laboral permanente mediante el sistema de evaluación global (SEG). Revista Iberoamericana de Psicología y Salud, 2(2), 207-224. [6]
  • Mendelson, G. & Mendelson, D. (1993). Legal and psychiatric aspects of malingering. Journal of Law and Medicine, 1, 28-34.
  • Navarro, J. & Karlins, M. (2012). El cuerpo habla. Editorial Sirio.
  • Park, J. & Knudson, S. (2007). Medically unexplained physical symptoms. Health Reports, 18 (1), 43-47.
  • Patmore, T. (1894). Some Points Bearing on "Malingering. Br Med J, 1(1727), 238-9.
  • Petisco-Rodríguez, J.M. (2012). Detección y medición del engaño. ¿Mienten los detectores de mentiras? Cuadernos de la Guardia Civil. Revista de seguridad pública, 46, 63-76.
  • Richardson, R.D. & Engel, C.C. (2004). Evaluation and Management of Medically Unexplained Physical Symptoms. The Neurologist, 10, 18–30.
  • Rogers, R. (2008). Clinical Assessment of Malingering and Deception. The Guilford Press. Third Edition.
  • Rojo-Rodes, J. E. & Cirera-Costa, E. (1997). Interconsulta Psiquiatrica. Masson Elsevier, 1ª Ed.
  • Smith, R. (2002). The biopsychosocial revolution. J Gen Intern Med, 17(4), 309-311.
  • Sweet, J. J. (1999). Malingering: Differential diagnosis. Forensic neuropsychology: Fundamentals and practice, 255-285.
  • Tearnan, B.H. (2003). Detection of deception and malingering. The Pain Practitioner, 13 (1), 8-14.
  • Vilar-López, R., Santiago-Ramajo, S., Gómez-Río, M., Verdejo-García, A., Llamas, J.M. & Pérez-García, M. (2007). Detection of malingering in a Spanish population using three specific malingering tests. Arch Clin Neuropsychol, 22(3), 379-88.
  • Vilar-López, R., Gómez-Río, M., Santiago-Ramajo, S., Rodríguez-Fernández, A., Puente, A.E. & Pérez-García, M. (2008). Malingering detection in a Spanish population with a known-groups design. Arch Clin Neuropsychol, 23(4), 365-77.
  • Vilar-López, R., Gómez-Río, M., Caracuel-Romero, A., Llamas-Elvira, J. & Pérez-García, M. (2008). Use of specific malingering measures in a Spanish sample. J Clin Exp Neuropsychol, 6, 710-22.
  • Vilar-López, R, Pérez-García, M., Sánchez-Barrera, M.B., Rodríguez-Fernández, A. & Gómez-Río, M. (2011). Symptom validity testing and its underlying psychophysiological response pattern: a preliminary study. Arch Clin Neuropsychol, 26(2), 133-43.
  • Waddell, G. (2004). The Back Pain Revolution. London: Churchill Livingstone, 2ºEd. [7]

A propósito de un caso

Lorena Candelario, falsa víctima del 11-M nos muestra cómo se presentan los pacientes simuladores en consulta

Herramientas personales
Espacios de nombres

Variantes
Acciones
Navegación
Herramientas