Antonio Manzanero

De Mentira Pedia
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Antonio Manzanero Puebla,nació el 26 de febrero de 1966.



Contenido

Biografía

Formación Académica

- Licenciado en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid en 1989

- Doctorado en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid en 2002

- Postgrado en Aptitud Pedagógica en 1991


Cargos y Actividades Desempeñadas

- Doctor en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid

- Profesor Titular del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de la Universidad Complutense de Madrid

- Psicólogo Forense (especialidad en Psicología del Testimonio)

- Miembro Ordinario de la División de Psicología Jurídica (PsiJur), del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (España)

- Miembro Ordinario de la División de Psicología Académica - SEP, del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (España)

- Investigador de la University of Portsmouth

- Investigador de la University od the West of England

- Asesor de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

- Profesor Universidad SEK

- Profesor en la Georgetown University/UAM


Actualmente es Profesor Titular en la Universidad Complutense de Madrid en el Departamento de Psicología Básica/Psicología Experimental


- Director/Editor de la revista:

• Anuario de Psicología Jurídica / Annual Review of Legal Psychology


- Revisor para las revistas:

• Anales de Psicología

• Anuario de Psicología Jurídica / Annual Review of Legal Psychology

• European Journal of Psychology Applied to Legal Context

• Journal of Forensic Psychiatry and Psychology

• Pensamiento Psicológico

• Psykhe

• Revista Mexicana de Psicología

• Revista de Psicología General y Aplicada

• Revista de Psicología Social Aplicada

• Research in Developmental Disabilities


- Miembro de las sociedades científicas:

• Sociedad Española de Psicología Experimental (SEPEX). Grupo de Psicología Experimental Aplicada.

• Sociedad Española de Psicología

• European Association of Law and Psychology


- Vice-presidente de la Junta Directiva de la Sección de Psicología Jurídica del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid

Pensamiento

El trabajo de Manzanero tiene como pilar la Psicología del Testimonio, que aplica los conocimientos científicos sobre los procesos psicológicos básicos (atención,percepción,memoria y procesos afines),a la obtención y valoración de la prueba testifical.Ésta surge inicialmente como un intento de estudiar la Psicología de la Memoria,siendo Stern,Münsterberg,Binet o Whipple pioneros en las investigaciones en este área a finales del siglo XIX y principios del XX. Posteriormente,esta teoría avanzaría junto a los avances teórico/metodológicos de la Psicología Experimental.

Puede dividirse la Psicología del Testimonio en tres épocas :

1) Perfilación de los principales tópicos, hasta la década de los 30-40 de siglo XX

2) Interés casi exclusivo por los factores conductuales asociados a la credibilidad del testimonio, hasta los años 60

3) Paradigmas del Procesamiento de la Información,que supuso el renacimiento y apogeo a partir de los años 60. Actualmente se generan interesantes temas de estudio como:el efecto de la información sugerida,la distinción del origen de los recuerdos,o los factores de influencia en la percepción y el reconocimiento de personas.

Al hablar de esta disciplina de la psicología no podemos dejar de citar el conocido CBCA (Análisis de Contenido basado en Criterios). Este análisis de contenido permite evaluar la credibilidad del testimonio en menores presuntas víctimas de delitos sexuales, y tiene un antecedente teórico en las proposiciones de Arne Trankel y en lo que se ha llamado hipótesis de Undeutsch,(Garrido y Jaume Masip, 1998).

Trankel, citado por Alonso-Quecuty (1999), fue el primero en brindar dos claves por las que se debería evaluar la credibilidad del testimonio: el criterio de realidad (las declaraciones reales tiene un mayor número de detalles periféricos que las falsas) y el criterio de secuencia (declaraciones verdaderas presentan modificaciones en aspectos periféricos como momento del día y la duración del incidente).A partir de los anteriores criterios, el Doctor Undeutsch, psicólogo forense alemán, argumentó que las descripciones de eventos reales difieren en su contenido, calidad y expresión de aquellos hechos que son producto de la imaginación. Es decir, aquello que contamos tras haberlo percibido, difiere de lo que contamos sin antes haberlo experimentado.Undeutsch agrupó los criterios en dos grandes categorías: la primera comprendida por los criterios derivados de las declaraciones aisladas y la segunda categoría implicaba la secuencia de las declaraciones que el niño realizó en diferentes momentos del relato. En 1989 se celebra en Maratea (Italia) un congreso internacional sobre la evaluación de credibilidad, en el cual se presentan los primeros trabajos empíricos sobre CBCA, así como la descripción y sistematización de Steller y Köhnken (Garrido,Eugenio y Masip, 1998).


Posteriormente, la CBCA se convirtió en el elemento central de la SVA (Statment Validity Assesment), que es un protocolo desarrollado en el contexto de la psicología forense para estimar la probabilidad de que las declaraciones de niños que alegan haber sido víctimas de abuso sexual, se ajusten realmente a lo sucedido (Garrido y Masip 1998).

La SVA se compone de tres elementos que son:

a) Una entrevista semiestructurada, diseñada para recibir el testimonio del niño sin sesgarlo, comenzando con preguntas abiertas e introduciendo progresivamente las cerradas;

b) El Análisis de Contenidos Basado en Criterios (CBCA), que se aplica posteriormente sobre la transcripción o la grabación de la entrevista para evaluar la presencia de los criterios de realidad, y finalmente;

c) Una Lista de Validez, que considera el nivel lingüístico y cognoscitivo del niño, si la entrevista se realizó adecuadamente, si el niño tiene motivos para formular una falsa declaración, y cuestiones como evidencia externa e incuestionable.


Criterios de realidad para el Análisis de Contenido Basado en Criterios

Características generales:

1. Estructura lógica.

2. Elaboración inestructurada.

3. Cantidad de detalles

Contenidos Específicos

4. Engranaje contextual.

5. Descripción de interacciones.

6. Reproducción de conversaciones.

7. Complicaciones inesperadas.


Peculiaridades del Contenido

8. Detalles inusuales.

9. Detalles superfluos.

10. Incomprensión de detalles relatados con precisión.

11. Asociaciones externas relacionadas.

12. Alusiones al estado mental subjetivo.

13. Atribuciones al estado mental del autor del delito.

Contenidos referentes a la motivación

14. Correcciones espontáneas.

15. Admisión de falta de memoria.

16. Plantear dudas sobre el propio testimonio.

17. Autodesaprobación.

18. Perdonar al autor del delito.

19. Detalles característicos de la ofensa.

Elementos Específicos de la Ofensa.


A.- Características Generales de la Declaración (Toma de manifestación/declaración)


Reuqieren el examen de la declaración como un todo, ya que los criterios se refieren al testimonio completo. Es el primer paso en el análisis y se puede evaluar sin referencia a los detalles del contenido de la declaración.

El primero de los criterios es la estructura lógica que aparece cuando los diferentes detalles en una declaración describen son congruentes. Los testimonios falsos suelen presentarse de una manera continuamente estructurada y generalmente cronológica. Además, la declaración debe contener una cantidad suficiente de detalles para que sea posible proceder a su análisis : la localización, personas, objetos y acciones implicados en el abuso. La simplicidad del suceso implicará una reducida cantidad de detalles, por lo que este aspecto debe ser valorado a la hora de considerar la presencia de este criterio.

A diferencia de los restantes criterios, estos tres son necesarios para apoyar la credibilidad de una declaración, esto es, su ausencia (especialmente de los criterios 1 y 2) indica falta de credibilidad de una declaración.

B.- Contenidos específicos de la Declaración

La incardinación contextual implica congruencia espacio/temporal del suceso relatado.

Hay que evaluar y valorar el contexto vital del menor: se esperaría que un suceso de la naturaleza de las agresiones sexuales afectara de alguna forma a la historia biográfica del menor, no siendo esperable que su ocurrencia tuviera lugar como algo aislado sin ningún tipo de repercusión en la vida del niño, de igual forma que debieron darse algunos hechos previos que progresivamente llevaran al suceso,ya que es un hecho conocido que las agresiones sexuales (fundamentalmente si son producidas por conocidos) no se producen repentinamente sino que suelen darse conductas de aproximación previas del agresor al menor. Además, la aparición en el relato de descripciones de interacciones referidas a la agresión sexual entre el agresor y el menor es un indicativo de credibilidad, de igual modo que si reproduce conversaciones mantenidas con el agresor en el transcurso de la agresión o en conversaciones relacionadas con ella.

Un último criterio perteneciente a esta categoría es la mención al complicaciones inesperadas durante el incidente que suponen dificultades imprevistas que entorpecen el curso habitual del suceso y cuya mención no obedece a otras motivaciones.

Estos cuatro criterios son contenidos específicos adicionales que se consideran signos de veracidad de una declaración.

C.- Peculiaridades del Contenido

La aparición en la declaración del menor de detalles inusuales o únicos con visos de realidad son un indicativo de la realidad de la declaración,siendo improbables en relatos inventados . También los detalles superfluos narrados'Texto en cursiva por el menor son un indicativo de realidad, ya que cuando una persona miente no es probable (menos aun siendo un niño) que se invente detalles que son irrelevantes para la acusación. Tampoco es esperable encontrar en relatos inventados alusiones al estado mental del menor ni al del agresor. La alusión a sentimientos, emociones u otros estados mentales de los implicados en la agresión se consideran indicadores de realidad en cuanto que no se espera que estén presentes en relaciones ficticias.


D.- Contenidos relacionados con motivación

Este grupo de criterios de contenido incluye rasgos de la declaración que traicionan o desvelan la motivación del niño para informar en falso.

Son criterios de este tipo las correcciones espontáneas que emite el menor sobre su propio testimonio, admitir falta de memoria sobre algún dato concreto, exponer dudas de otros sobre el propio testimonio u objeciones anticipadas contra la veracidad del propio testimonio, mencionar detalles autodesaprobadores, desfavorables o autoincriminadores así como cuando el menor tiende a perdonar al agresor de forma que en su declaración tiende a favorecer al acusado proporcionando explicaciones o exculpaciones de su conducta .

E.- Elementos específicos de la agresión

Detalles característicos de la agresión: es necesaria una competencia específica para tratar con este criterio.

Se necesita conocimiento sobre las formas típicas en las que se cometen delitos sexuales. El acuerdo entre partes de la declaración y esos cursos típicos de agresiones sexuales específicas se toman como una indicación de la veracidad de la declaración. El criterio se cumple de forma fuerte si las descripciones específicas de la agresión contradicen creencias mantenidas por no profesionales y al mismo tiempo están en correspondencia con hallazgos empíricos de abuso sexual infantil. En caso de incesto, por ejemplo, se pueden considerar como elementos específicos un largo periodo de relación incestuosa, conducta sexual relativamente menor al comienzo y una progresiva escalada, así como un cambio en la actitud de la víctima hacia el autor del delito.

La evaluación de los criterios de contenido es un proceso complejo que se compone de aspectos cuantitativos y cualitativos. Como en el caso de las propuestas de Undeutsch (1989), cuando se aplica el CBCA se tiene que seguir ciertas reglas.

1)La primera regla afirma que las meras repeticiones en diferentes pasajes de la declaración no aumenta la valoración de la presencia de un criterio.

2)La segunda regla implica que un pasaje en una declaración dada puede cumplir más de un criterio. Así, es posible una puntuación doble.

3)La tercera, sólo los contenidos que están relacionados de alguna manera con el incidente se consideran, no todo lo que un testigo podría contar se evalúa en relación con el análisis de credibilidad.

Cada criterio puede adquirir tres valores: ausente, presente y fuertemente presente. Cuantos más criterios y con más fuerza aparezcan, más credibilidad se asignará a la declaración del menor, aunque su ausencia no indica mentira, sino más bien indeterminación.Existen excepciones (la ausencia de un determinado criterio, en circunstancias concretas,podría ser positiva para la credibilidad), y hay que considerar los conocimientos actuales de la psicología de la memoria.

Tras evaluar los criterios, este análisis de los criterios individuales se combina para permitir una evaluación global de la calidad de una declaración. Esta evaluación de la calidad es útil para posteriormente realizar una evaluación del probable grado de la credibilidad de un testimonio. Dicho de otro modo, da información sobre la probabilidad de que un testigo haya sufrido la supuesta agresión.

No es posible realizar a través del CBCA una cuantificación de la validez de un testimonio.'La evaluación sólo puede ser cualitativa'y siempre relacionada con las capacidades verbales y cognitivas del niño y en relación con la complejidad del suceso.

El número de criterios encontrados en una declaración está determinado por:

a) la longitud de la declaración (obtener la máxima información previa a la entrevista,y dirigirla adecuadamente),

b) la naturaleza del suceso

c)las capacidades cognitivas del menor.



Discriminación Global

La global es mucho mejor que la que considera criterios individuales, a pesar de existir un amplio rango de precisión global de la técnica, oscilando éste entre la discriminación al azar y 100% de precisión (Garrido y Masip; 2001).

En los estudios revisados, dos trabajos reportan que el CBCA no discrimina mas allá del azar, lo cual puede deberse a condiciones específicas del diseño; en estos dos estudios (Strömwall y cols. 2004 y Granhag y cols. 2006) se investigó los efectos de la repetición tanto del evento como de su recuerdo en los puntajes del CBCA, lo cual indica que la repetición afecta negativamente el CBCA haciendo que su discriminación a nivel global disminuya.

Una variable importante al determinar la precisión global es la forma como esta se establece, en la mayoría de los estudios en los cuales se ha explorado la precisión global del CBCA, se ha hecho a través del análisis discriminante y de la concordancia de la clasificación con el valor de verdad de las declaraciones, en menor medida se han utilizado las reglas de decisión (Vrij, 2005).

Entrenamiento de los Evaluadores

En cuanto al efecto del entrenamiento éste es aún impredecible, Quizás sea mñas importante la calidad que la duración del entrenamiento del evaluador,como señala Garrido y Masip (2001 y la formación en otras estrategias para la detección de la mentira, ,como se puede observar en el estudio de Akehurst y cols. (2004), así como del conocimiento sobre el desarrollo infantil.

Edad y Otras Diferencias Individuales

La credibilidad del testimonio está claramente influida por la edad :una razón de esto pueden ser la pocas habilidades lingüísticas de los mas pequeños (Garrido y Masip; 2001), igual que las habilidades narrativas y de memoria no desarrolladas totalmente.

Así, es de esperarse la falta de algunos criterios en ciertos grupos de edad, por ejemplo, niños entre los 4 y 7 años de edad difícilmente presentan en sus declaraciones criterios tales como descripción de interacciones, atribuciones al estado mental del perpetrador, admisión de falta de memoria y autodesaprobación.

Igualmente en los niños de 7 a 8 años de edad se encuentran menos presentes los criterios: estructura lógica, cantidad de detalles, atribución al estado mental del perpetrador y correcciones espontáneas que en los niños de 13 y 14 años (Aldert Vrij, 2005).

Hay que establecer criterios de decisión claros frente al efecto de la edad en los resultados del CBCA, plantean tres posibilidades:

1) hacer una concesión para la edad cuando se examina un criterio específico,

2) determinar un umbral diferente de puntuación total para los niños menores frente a los de mayor edad,

3) comparar la declaración del niño y el puntaje del CBCA sólo con declaraciones de niños de la misma edad.

Una opción para el manejo del efecto de la edad, propuesta por Buck y cols.(2002) en la que al evaluar las declaraciones se desconozca la edad para que se conserve su efecto aislado; esto debería ir unido a una clara definición de las exigencias por criterio para cada grupo de edad, es decir, es necesario inicialmente establecer cuales son los criterios que aparecen de manera sistemática en declaraciones verdaderas en determinados grupos de edad y cuales no. Lo anterior se inscribe en una perspectiva de desarrollo que está mucho más acorde con la evaluación de niños de corta edad. Algunos criterios que han presentado un patrón de aumento progresivo en relación con la edad, según los resultados de Buck y cols. (2002) son estructura lógica, producción inestructurada, cantidad de detalles y detalles característicos de la ofensa.

Algunos investigadores han aplicado con aparente éxito esta técnica a declaraciones de adultos. Por ejemplo Parker y Brown (2000, citados por Vrij, 2005) en un estudio de campo evaluaron la veracidad de las declaraciones sobre violación en adultos y encontraron diferencias en los criterios del CBCA en la dirección esperada. Otros estudios realizados también presentan tal tendencia en los resultados (Colwell, 2002, Hofer, 1996, Porter y Yuille, 1996, citados por Vrij, 2005). Además, es esperable que si las habilidades lingüísticas y de memoria influyen en el desempeño de la técnica, al estar dichas habilidades mejor desarrolladas en los adultos la técnica obtenga mayor precisión; por ejemplo, en Akehurst y cols. (2001) la precisión del CBCA al diferenciar por la edad fue en los niños del 71.4% y en los adultos del 90.3%.

Además de la edad, otras diferencias individuales parecer influir el CBCA, la propensión a la fantasía es una de las características que se plantea posiblemente afecten su puntuación, igualmente, desde otros trabajos como el de Vrij, (2004) se recomienda tener en cuenta las habilidades sociales de los niños y su nivel de ansiedad. Asimismo, el CBCA parece ser afectado por las habilidades lingüísticas de los testigos, así como por su autoconciencia pública, es decir, aquellos quienes tienen la conciencia para determinar cuando son el centro de la atención y como controlar su conducta para evitar la detección de la mentira (Masip y cols. 2005)

Reglas de decisión

Una seria objeción hecha al CBCA radica en la tendencia a considerar narraciones falsas como verdaderas, es decir, el sesgo de la técnica hacia la veracidad de las narraciones o falsos positivos'Texto en cursiva (Ruby y Brighan, 1997; Garrido y Masip; 2001). De esta manera, el CBCA no puede considerarse una técnica objetiva ya que sus puntuaciones dependen de la interpretación personal del evaluador (Vrij, 2005). No existen criterios fijos que permitan decidir sobre la veracidad de una declaración mas allá de la interpretación subjetiva. De cualquier modo, las reglas de decisión deben estar basadas en la efectividad de los criterios en las que se fundan, por lo que una posibilidad sería exigir como mínimo la presencia de aquellos criterios que se hacen mas presentes en las declaraciones verdaderas y que han demostrado su efectividad al discriminarlas. Además dicha regla debe contemplar lo anteriormente mencionado en relación con la edad.

Aplicación del CBCA a otros delitos

Hay división de opiniones. Manzanero (1997) da tres razones por las que no se podría realizar tal extensión:

a) las conductas y respuestas psicológicas asociadas al abuso sexual tanto de los agresores como de las víctimas han sido ampliamente estudiadas y se conocen en profundidad;

b) el conocimiento de los elementos característicos de los abusos sexuales no son de dominio público, como sí pueden serlo los elementos característicos de otros delitos, y su conocimiento por parte de una persona, adulto o menor, solo es probable mediante la experiencia; y

c) los conocimientos de los niños sobre la conducta sexual normal es bastante incompleta y distorsionada, un amplio conocimiento sólo puede deberse a la experiencia y en este caso el relato de un menor sobre una relación sexual vivida tendrá esas mismas distorsiones, mientras que el uso de terminología e interpretaciones propias de adultos sólo podría provenir de la sugerencia de mayores.

Los defensores de la aplicación del CBCA a otro tipo de delitos han argumentado que la hipótesis de Undeutsch no se restringe a una población específica ni a un delito determinado, por lo que podría extenderse a otros contextos (Ruby y Brigham, 1997).

En cuanto a los argumentos de Manzanero se puede anotar que si bien es cierto que el abuso sexual presenta ciertas características que facilitan la aplicación de instrumentos como el CBCA éstas no son excluyentes de otros tipos de delitos. Igualmente, ciertos criterios del CBCA no son exclusivos de un evento de abuso por lo que podrían ser factores a evaluar en declaraciones sobre otro tipo de eventos; así, criterios como:

1)estructura lógica, 2)elaboración inestructurada, 3)cantidad de detalles, 4)descripción de interacciones, 5)alusiones al estado mental individual, 6)admitir falta de memoria;

no están supeditados a una narración de abuso..


Conclusión :

Los distintos resultados de las recientes investigaciones permiten hacer varias observaciones y recomendaciones sobre el SVA en general y el CBCA en particular, algunas de las cuales ya se han expuesto a lo largo del texto y si bien se podría ahondar sobre cada una de ellas, no se pretenden agotar dicho análisis en este artículo; por lo cual es tarea de los investigadores del campo de la Psicología Jurídica profundizar sobretodo de manera empírica muchos de los temas que quedan inconclusos.


La Entrevista Cognitiva (EC) : avances en psicología del testimonio

La autora ahora referenciada, en tu tesina Entrevista Cognitiva: avances en la Psicología del Testimonio, por Estefanía Hernándezintenta:

1. Estudiar las diferencias entre los relatos de un mismo suceso obtenidos: a. Cuando los testigos son entrevistados utilizando la entrevista estándar (EE), y b. Cuando lo son, empleando la entrevista cognitiva (EC).

2. Estudiar las diferencias entre declaraciones verdaderas y falsas en relación con los criterios del control de la realidad de los recuerdos en función de la técnica de entrevista (EC-EE) empleada.

La entrevista cognitiva se muestra como un amplificador de diferencias entre los relatos verdaderos y falsos, tanto en lo que se refiere al número de detalles exactos que proporcionan, como a las confabulaciones que contienen. Las declaraciones obtenidas con la EC fueron más extensas y con mayor número de explicaciones que las obtenidas con la EE. Sin embargo, las declaraciones verdaderas y falsas no se diferencian significativamente en ninguna de las dos variables estilométricas. Las declaraciones verdaderas contenían más información contextual y más detalles sensoriales que las falsas, a la vez que la EC volvió a comportarse como un amplificador de las diferencias entre ambos tipos de relatos. No obstante, las declaraciones falsas no contenían un número de alusiones a procesos internos significativamente superior que las verdaderas.

La entrevista cognitiva es un procedimiento de obtención de información más recomendable que la entrevista estándar, ya que permite obtener información más exacta.Es posible diferenciar las declaraciones verdaderas de las falsas en función de los criterios de control de realidad de los recuerdos, con la excepción de la información interna.La entrevista cognitiva permite una mayor discriminación entre los relatos verdaderos y falsos de los testigos que la entrevista estándar, lo que en su día podría ser beneficioso para la detección de la mentira.

La EC, basada en el conocimiento que de la memoria posee la psicología experimental, se presenta como una alternativa a los sistemas tradicionales de entrevistas empleados hasta ahora por los distintos actores del proceso legal.

Obra

Prolijo articulista e investigador [1] , es autor de tres libros de reconocido prestigio:

"Avances en Psicología del Testimonio"(2013) junto a José Luis González.Este libro fue precedido por la obra:Psicología del Testimonio: una aplicación de los estudio sobre la memoria (Manzanero, 2008)

"Memoria de testigos:Obtención y valoración de la prueba testifical"(2010)

El primero de estos libros,de Antonio Manzanero y José Luis González,refleja un trabajo compartido en dos áreas específicas de una misma disciplina:psicología forense (Profesor Manzanero) y psicología criminalista (Profesor González,procedentes de ámbitos laborales diferentes,pero compartiendo ambos un modelo holístico de comprensión y aplicación de los diferentes factores de influencia implicados en un testimonio,con carácter científico.Concretan estos factores es su proceso dinámico desde el comienzo de la investigación policial, hasta su final,muy frecuentemente en los tribunales.

La profundidad del análisis conceptual se sustenta en la solidez argumentativa de los autores.En este libro se exponen todos los elementos relevantes a la hora de obtener,valorar y conservar esa prueba. Se compone de ocho capítulos, seis anexos y una completa revisión de referencias bibliográficas


La tercera obra citada, "Memoria de testigos: obtención y valoración de la prueba testifical" MANZANERO PUEBLA, ANTONIO LUCAS Madrid: Pirámide, 2010. 274 p. versa sobre:

1. La exactitud de las declaraciones (I): Factores de codificación.

2. La exactitud de las declaraciones (II): Factores de retención y recuperación.

3. Distorsión y falsas memorias.

4. Detección de la mentira (referencia a Paul Ekman) y análisis de credibilidad.


B.Identificaciones.

5. Identificación de personas.

6. Procesos cognitivos en el reconocimiento de caras.

7. Factores a estimar.

8. Factores del sistema.

9. Evaluación de la exactitud de las identificaciones.


C. Testimonio infantil.

10. La exactitud de los testimonios infantiles.

11. Valoración de la credibilidad de los testimonios infantiles. .


El Profesor Manzanero también ha realizado una profunda inmersión en investigación sobre una población diana con Discapacidad Intelectual(DI) moderada y ligera,en lo que respecta como se expone el artículo:" Factores Emocionales en el Análisis de Credibilidad de víctimas con discapacidad intelectual",que hace referencia a la revisión de métodos de análisis de credibilidad previa realizada por Manzanero en 2001,basado en criterios de contenido contemplando la descripción de emociones asociadas al suceso,así las emociones coherentes con el hecho denunciado (adecuación de afecto)apoyarían la credibilidad.Pero en general,las personas con discapacidad intelectual tienden a ser consideradas poco creíbles (Henry, Ridley, Perry y Crane, 2011; Peled, Iarocci y Connolly, 2004; Sabsey y Doe, 1991; Stobbs y Kebbell, 2003; Tharinger, Horton y Millea, 1990; Valenti-Hein y Schwartz, 1993)....Quizá por esta razón la prevalencia de delitos entre las personas con discapacidad sea mayor que entre la población general (González, Cendra y Manzanero, en prensa). En esta dirección, estudios previos (Manzanero, Contreras, Alemany, Quintana y Recio, en revisión) mostraron que las declaraciones emitidas por personas con DI tienden a no ser consideradas creíbles y que los evaluadores consideran las emociones asociadas a la descripción de los hechos como uno de los indicadores más relevantes junto con la cantidad de detalles aportados.

Con respecto al estudio de Reconocimiento de caras y discapacidad intelectual Antonio Lucas Manzanero Puebla, María Recio Zapata, Alberto Alemany, Almudena Martorell (2011),concluyen las personas con discapacidad intelectual en comparación con los sujetos control cometían menos aciertos y más falsas alarmas y discriminaban peor las caras (d´), aunque con pocas diferencias en el criterio de respuesta (ß). La relación entre rendimiento y CI resultó significativa para algunos de los tipos de respuesta.

Véase también

Modelo criminológico de la mentira

Modelo patógeno de la mentira

Bibliografía

Enlaces externos

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